Con el objetivo de optimizar la trazabilidad y la gestión sanitaria en todo el territorio nacional, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) oficializó hoy la Resolución 679/2026 en el Boletín Oficial. La normativa exige la actualización obligatoria de datos a todos los productores agropecuarios inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA).
La medida está dirigida a aquellos titulares cuyo registro o última actualización integral supere el año de antigüedad. Según informaron desde el organismo, contar con datos fidedignos resultará clave para mejorar la planificación de las acciones oficiales y la prestación de servicios en el sector.
Excepciones y alcance de la norma.
Para agilizar el proceso y evitar duplicaciones, la normativa establece ciertos criterios diferenciados:
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Productores ganaderos (bovinos/bubalinos): Quedan eximidos de este trámite aquellos establecimientos ubicados en zonas con vacunación contra la fiebre aftosa, siempre que hayan actualizado la totalidad de la información en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) durante la última campaña. Sin embargo, deberán mantener al día las declaraciones si suman nuevas especies o actividades pecuarias.
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Actividades no productivas: Continúan exceptuados los establecimientos no tradicionales ni productivos, como zoológicos o parques afines.
Plazos y consecuencias del incumplimiento.
Los productores disponen de un plazo de 90 días corridos a partir de la entrada en vigencia de la norma para completar el procedimiento.
¡Atención! Una vez vencido el plazo legal, el SENASA quedará facultado para dar de baja automáticamente los RENSPA que no hayan cumplido con la actualización. Sus titulares deberán solicitar posteriormente la reactivación mediante el trámite habitual.
¿Cómo realizar la actualización?
El trámite puede llevarse a cabo a través de dos modalidades:
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Digital (Autogestión): Ingresando al sistema RENSPA con Clave Fiscal desde el portal de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
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Presencial: Presentándose en la Oficina Local del SENASA correspondiente a la jurisdicción del establecimiento.
Toda la información declarada por ambas vías estará sujeta a posteriores verificaciones y controles por parte de la autoridad sanitaria.
Para dudas o consultas adicionales, los interesados pueden enviar un correo electrónico a [email protected], ingresar a la página web del organismo o dirigirse a los referentes regionales correspondientes.
Redacción: Nova Comunicaciones.


