El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) oficializó un nuevo marco normativo para la identificación y el control sanitario de équidos en todo el país. A través de la Resolución N.° 831/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo implementa el uso obligatorio del microchip inyectable y reemplaza de forma gradual los documentos en papel por la Libreta Sanitaria Equina Digital (LSED) y el Pasaporte Equino Digitalizado (PED).
La medida busca optimizar la trazabilidad, fortalecer la prevención de enfermedades y agilizar la gestión de movimientos de animales en el territorio nacional.
Identificación electrónica individual.
A partir del 1 de marzo de 2027, todo equino que deba ser movilizado tendrá que contar con un transpondedor inyectable (microchip) colocado en el tercio medio del lado izquierdo del cuello, respetando las especificaciones de la Resolución N.° 530/2025.
El dispositivo deberá registrarse en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) a través de aplicaciones homologadas, autogestión o en oficinas del SENASA. Esta verificación se exigirá en momentos clave como:
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Toma de muestras serológicas para traslados.
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Alta de libretas sanitarias o pasaportes.
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Aplicación de tratamientos veterinarios.
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Trámites de exportación, importación e ingreso a zonas libres de Anemia Infecciosa Equina (AIE).
Paso a la digitalización: cronograma y plazos.
El nuevo esquema sustituirá progresivamente los formatos físicos por herramientas digitales accesibles mediante el SIGSA y aplicaciones móviles geolocalizadas:
| Documento | Estado / Cambios | Fecha Límite / Vigencia |
| Libreta Sanitaria en papel | Fin de emisión de nuevos ejemplares | 31 de diciembre de 2026 |
| Libretas en papel vigentes | Mantienen validez temporal | Hasta el 31 de diciembre de 2027 |
| LSED y PED Digital | Únicos documentos válidos para movilidad | Obligatorio desde el 1 de enero de 2028 |
| Pasaporte físico previo | Válido solo si se digitaliza y carga en el SIGSA | Mantendrá validez acompañado del registro digital |
Nota: Para exportación, importación, faena de exportación o ingreso a zonas libres de AIE, se mantendrá el uso del Documento de Tránsito electrónico (DT-e).
Articulación sectorial y tecnología.
El diseño de esta normativa fue consensuado entre el SENASA, entidades del sector hípico y colegios veterinarios de todo el país para asegurar una transición ordenada. Asimismo, los desarrolladores de las aplicaciones sanitarias deberán homologar sus sistemas ante el SENASA para garantizar la interoperabilidad y la seguridad de los datos.
Redacción: Nova Comunicaciones.


