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Tobillera firme: la Justicia le rechazó a Cristina Kirchner todos los pedidos para flexibilizar su domiciliaria

Tobillera firme: la Justicia le rechazó a Cristina Kirchner todos los pedidos para flexibilizar su domiciliaria

El Tribunal Oral Federal N° 2 dictaminó que la expresidenta deberá conservar la tobillera electrónica. Además, se negaron los pedidos para modificar el régimen de visitas y ampliar el uso de la terraza de su departamento en el barrio porteño de Constitución.

El juez Rodrigo Giménez Uriburu resolvió este viernes mantener sin modificaciones las condiciones bajo las cuales la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner cumple su condena de prisión domiciliaria, efectiva desde junio de 2025 por la causa Vialidad. De esta manera, desestimó por completo los planteos presentados por la defensa, encabezada por los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy.

El magistrado concluyó que no existen razones nuevas o sobrevinientes que justifiquen alterar las reglas impuestas, subrayando que el buen comportamiento es un requisito esencial de esta modalidad de detención, pero no un motivo extraordinario para flexibilizarla.

Los tres ejes del reclamo y la respuesta judicial.

Para organizar la resolución del tribunal, la situación legal de la exmandataria frente a sus solicitudes queda establecida de la siguiente manera:

Solicitud de la Defensa Decisión del Juez Argumento Principal del Fallo
Retirar la tobillera electrónica Rechazado Su uso es la regla general que establece la ley; retirarla reviste un carácter estrictamente excepcional.
Eliminar restricciones de visitas Rechazado Las limitaciones no son punitivas, sino que garantizan el control de la pena y la buena convivencia vecinal.
Ampliar el acceso a la terraza Rechazado Se mantiene el límite diario (máximo de 2 horas) para proteger la tranquilidad del resto de los residentes del edificio.

Detalles del fallo del TOF N° 2

1. La tobillera electrónica como regla legal.

La defensa había argumentado que, tras casi un año de prisión domiciliaria cumpliendo todas las normativas y sin presentar riesgo de fuga, correspondía quitarle el dispositivo de monitoreo a la expresidenta. Sin embargo, el tribunal fue categórico en su negativa.

“La utilización del dispositivo constituye la regla legal establecida por el legislador, mientras que su dispensa reviste carácter estrictamente excepcional”.

El fallo, amparado en jurisprudencia previa de la Cámara de Casación y la Corte Suprema, aclaró que la ley no exige demostrar un peligro concreto de evasión para imponer el uso de la tobillera, ni prevé su cese automático por el simple paso del tiempo.

2. Régimen de visitas inalterable.

Cristina Kirchner también buscaba suprimir el esquema especial de visitas vigente para retornar al sistema original del inicio de su detención. El juez determinó que el cumplimiento correcto de las normas “dista de configurar, por sí solo, una circunstancia novedosa” que amerite modificar el control actual. Las restricciones, señaló el magistrado, seguirán actuando como “instrumentos razonables de organización y supervisión”.

3. Horarios estrictos para el uso de la terraza.

El acceso a la terraza del edificio ubicado en la calle San José continuará severamente restringido. La exmandataria solo podrá utilizar este espacio abierto bajo los siguientes parámetros:

  • Frecuencia: Una vez por día.

  • Franja horaria habilitada: Entre las 6:00 y las 20:00 horas.

  • Duración máxima: Dos horas por jornada.

El tribunal recordó que este permiso fue concedido con posterioridad al inicio de la condena, estrictamente por motivos de salud (para realizar actividades físicas y recreativas), y que los topes horarios son imperativos para preservar la convivencia pacífica con el resto del vecindario.

Sin sanciones por las movilizaciones militantes.

A pesar de las observaciones formuladas por el fiscal Sergio Mola respecto a las constantes concentraciones de manifestantes frente al domicilio de San José 1111, el juez Giménez Uriburu descartó tomar medidas punitivas adicionales o atribuirle responsabilidades a la exfuncionaria por estos hechos.

El tribunal argumentó que los organismos encargados de supervisar la ejecución de la pena no detectaron ninguna conducta por parte de la expresidenta que resulte incompatible con las condiciones de su arresto. Por lo tanto, el Tribunal Oral Federal 2 determinó “mantener en todos sus términos las reglas de conducta actualmente vigentes”.

Redacción: Nova Comunicaciones.

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