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El Gobierno oficializó una nueva prórroga para la declaración jurada de Ganancias: cuál es la fecha límite

El Gobierno oficializó una nueva prórroga para la declaración jurada de Ganancias: cuál es la fecha límite

ARCA extendió por tercera vez el plazo para la presentación correspondiente al ejercicio fiscal 2025 de personas humanas y sucesiones indivisas. La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 21 de septiembre de 2026. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió el vencimiento para que las personas humanas y las sucesiones indivisas presenten la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La nueva fecha límite quedó fijada para el 13 de octubre de 2026, según se formalizó este lunes en el Boletín Oficial mediante una resolución firmada por el director ejecutivo del organismo, Andrés Edgardo Vázquez.

Esta decisión representa la tercera prórroga dispuesta para el cumplimiento de esta obligación. El vencimiento original había sido postergado en un primer momento hasta el 27 de julio mediante la Resolución General N° 5.851, y posteriormente hasta el 22 de septiembre a través de las Resoluciones Generales N° 5.876 y N° 5.890.

Alcance de la medida y pago del saldo.

La norma abarca tanto a los contribuyentes inscriptos en el régimen general como a quienes adhirieron al Régimen de Declaración Jurada Simplificada, regulado por la Resolución General N° 5.692.

Desde el organismo aclararon que la extensión aplica exclusivamente a la presentación del formulario descriptivo y no al ingreso del saldo resultante. El plazo para efectuar el pago del impuesto adeudado ya había sido fijado en resoluciones anteriores y no sufrió modificaciones.

Cambios en la determinación de anticipos 2026.

La resolución introduce además un procedimiento específico para los anticipos del período fiscal 2026. Si el sistema “Cuentas Tributarias” no puede liquidar automáticamente el importe del primer o segundo anticipo a causa de la falta de presentación previa de la declaración jurada 2025, los contribuyentes no podrán aguardar la emisión del monto por parte del fisco.

En su lugar, deberán calcular e ingresar estas obligaciones utilizando sus propios papeles de trabajo. La medida busca evitar que la demora en la presentación derive en moras automáticas sobre los pagos a cuenta del ejercicio posterior.

Actualización por inflación de las escalas.

El esquema del Impuesto a las Ganancias opera con un mecanismo de reajuste semestral atado al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec. Con la difusión del dato de junio —que registró una variación del 1,9%—, el Poder Ejecutivo fijó los nuevos parámetros de deducciones y escalas que rigen desde agosto.

Al respecto, Sebastián M. Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, sostuvo que este ajuste periódico intenta atenuar el impacto de la inflación para que los contribuyentes no tributen alícuotas más altas sin un aumento real de sus ingresos, aunque advirtió que aquellos cuyos haberes hayan crecido por debajo del índice de precios sufrirán, en términos relativos, una mayor carga fiscal.

Redacción: Nova Comunicaciones.

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