Está acusada de ser coautora del delito de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.
La Cámara Federal porteña confirmó en la tarde de este jueves el procesamiento de la ex Procuradora General de la Nació, Alejandra Gils Carbó.
La abogada fue procesada, por el juez Ercolini, acusada de ser coautora del delito de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.
Se trata de la causa que investiga la compra de un edificio en la calle Perón al 600, en el barrio porteño de San Nicolás, para que funcionen en ese lugar las oficinas de la Procuración.
Al momento de ser confirmado el procesamiento, la resolución explicó que “existen en autos pruebas suficientes para afirmar, con el grado de probabilidad requerido por el artículo 306 del C.P.P.N., que Alejandra Magdalena Gils Carbó – Procuradora General de la Nación – y Guillermo Alfredo Bellingi – Subdirector General del mismo organismo – violando consciente y voluntariamente los deberes atinentes a sus cargos, previo acuerdo con ejecutivos de Arfinsa Argentina Financiera S.A. – en particular con Adrián Marcelo González Fischer, en forma directa o a través de intermediarios – idearon y llevaron a cabo un complejo plan orientado a adquirir directamente para el Ministerio Público Fiscal, bajo la simulación engañosa de una licitación pública, el edificio ubicado en la calle Teniente Juan Domingo Perón 667 de la Ciudad de Buenos Aires, con la intervención dolosa fundamental de Bárbara Jaureguiberry y Juan Carlos Thill”.
“Mediante la maniobra, se generó también de modo deliberado un lucro indebido para algunos de sus intervinientes, que como contrapartida conformó un perjuicio patrimonial apreciable para el Estado nacional. En efecto, la cuantiosa prueba reunida en esta causa permite considerar que los actos de ejecución de la maniobra desarrollada, enmarcada en la administración y cuidado de bienes pecuniarios pertenecientes al Estado, habría sido realizada cuanto menos entre el 17 de diciembre de 2012 y el 15 de julio de 2013, mediante distintas acciones ardidosas; con la intervención dolosa de diversas personas, con roles diferenciados; con abuso de poder; con aprovechamiento – para dar apariencia de legitimidad al acto general – de los canales administrativos; con la utilización instrumental de funcionarios del organismo ajenos al plan; con personas insertadas con calidad simulada; con otras interpuestas para apariencia de empresa o negociación; y valiéndose de otras formas engañosas orientadas a hacer aparecer como legítima la licitación pública que llevó a la adquisición del inmueble y los actos de administración que la rodearon” se detalló además.