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El STJ de Entre Ríos desmiente haber habilitado fumigaciones a 15 metros de escuelas rurales

El STJ de Entre Ríos desmiente haber habilitado fumigaciones a 15 metros de escuelas rurales

A través de un comunicado oficial, el tribunal aclaró que su decisión se limitó a anular una sentencia que no se ajustaba a la Ley Provincial Nº 11.178 y recordó que el control de fitosanitarios es competencia exclusiva del Ejecutivo.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos salió al cruce de versiones difundidas en redes sociales y diversos medios de comunicación que afirmaban que el máximo órgano judicial había autorizado la aplicación de fitosanitarios a una distancia de 15 metros de los establecimientos educativos rurales.

Desde el tribunal desmintieron rotundamente dicha interpretación y precisaron que la resolución dictada se limitó estrictamente a declarar la nulidad de una sentencia previa. Dicho fallo anulado había fijado distancias de resguardo para fumigaciones superiores a las que contempla la actual Ley Provincial Nº 11.178, norma sancionada recientemente tras un debate en la Legislatura que contó con la participación de entidades ambientalistas y representantes de la sociedad civil.

El principio de legalidad.

En los fundamentos de su postura, el STJ remarcó que las sentencias judiciales deben dictarse siempre conforme a lo que establece la ley. Por tal motivo, los jueces no pueden fijar judicialmente un régimen distinto al previsto por la normativa vigente si no existe de por medio una declaración previa de inconstitucionalidad.

Asimismo, la institución judicial indicó que cualquier actor social u organización que considere que la Ley Nº 11.178 deba ser declarada inconstitucional, tiene a disposición las vías formales para realizar la presentación correspondiente en sede judicial a fin de que sea evaluada.

Fiscalización e implementación.

Por último, el Superior Tribunal recordó que el control, fiscalización y supervisión de las buenas prácticas en el uso y aplicación de fitosanitarios dentro del territorio provincial no corresponden al Poder Judicial, sino que son competencia exclusiva del Poder Ejecutivo de Entre Ríos.

Redacción: Nova Comunicaciones.

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