La Justicia Federal determinó responsabilidades penales tanto para el joven que efectuó el disparo fatal como para la cadena de mando a cargo de la seguridad del ejercicio, ocurrido en noviembre de 2019.
Cinco integrantes del Ejército Argentino fueron condenados por la Justicia por su responsabilidad en la muerte de José Javier Bechis, un aspirante a soldado voluntario de 19 años que falleció tras recibir un disparo de fusil FAL durante un entrenamiento de tiro en la provincia de San Luis, en noviembre de 2019.
El fallo judicial estableció que la tragedia se produjo por una combinación de impericia en la manipulación del armamento y fallas graves e inexcusables en la supervisión y cumplimiento de los protocolos de seguridad militar.
Fallas en los controles y en la cadena de mando.
El trágico hecho ocurrió durante una jornada de instrucción en la que participaban unos 50 aspirantes a soldados voluntarios. En medio de la práctica, un fusil FAL se accionó de forma involuntaria y el proyectil impactó directamente contra Bechis, provocándole heridas mortales.
La investigación determinó que el arma había pasado por múltiples controles de revisión previos. Sin embargo, ninguno de los procedimientos detectó que una munición de guerra permanecía alojada en la recámara. Esta omisión puso al descubierto graves falencias reglamentarias por parte de los responsables de supervisar que las armas estuvieran completamente descargadas antes y después de cada maniobra.
Las condenas dictadas por la Justicia.
La resolución judicial impuso penas en suspenso e inhabilitaciones que alcanzaron a distintos niveles de la estructura militar a cargo del ejercicio:
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Alejandro Agustín Díaz Garro (Teniente – Director de tiro): Condenado a 3 años de prisión en suspenso y 6 años de inhabilitación especial por omisiones en la seguridad, conducción y supervisión del entrenamiento.
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Elías Luciano Muñoz (Exaspirante a soldado): Quien accionó el fusil a los 18 años, admitió su responsabilidad en un juicio abreviado. Recibió 3 años de prisión en suspenso por homicidio culpa cometido de manera “imprudente e imperita”, junto con 5 años de prohibición para portar o poseer armas de fuego.
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Enrique Martín Zárate (Cabo): Condenado a 2 años y 10 meses de prisión en suspenso y 6 años de inhabilitación especial por incumplimiento de sus deberes de control en el polígono.
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Carlos Gustavo Lebrón (Sargento) y Sergio David Winter Morán (Cabo Primero): Ambos fueron condenados a 1 año de prisión en suspenso por negligencia e inobservancia de los reglamentos del servicio militar.
Con estas sentencias, el tribunal dio por acreditado que la muerte de Bechis no fue un hecho aislado, sino la consecuencia directa de una cadena de negligencias operativas y falta de control en el manejo de armamento pesado.
Redacción: Nova Comunicaciones.


