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Oficializan un DNU para expulsar e impedir el ingreso de extranjeros que inciten al odio contra los argentinos

Oficializan un DNU para expulsar e impedir el ingreso de extranjeros que inciten al odio contra los argentinos

La medida contempla la inadmisión y la cancelación de la residencia para quienes promuevan la violencia o ultraguen símbolos patrios. El Ejecutivo aclaró que la norma excluye la crítica política y el disenso.

El Gobierno nacional formalizó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 681/2026, firmado por el presidente Javier Milei y los integrantes de su gabinete de ministros. La normativa busca endurecer la política migratoria del país mediante la incorporación de nuevas causales de inadmisión y expulsión para aquellos ciudadanos extranjeros que promuevan discursos de odio o inciten a la violencia contra la población argentina.

El decreto, que modifica la Ley de Migraciones (N° 25.871), entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial y será remitido formalmente al Congreso de la Nación para su posterior tratamiento legislativo.

Ejes principales de la reforma migratoria.

A través de esta actualización normativa, las autoridades migratorias contarán con atribuciones para denegar el acceso al territorio o revocar el estatus de residencia a personas extranjeras en casos específicos:

  • Emisión de mensajes de odio: Expresiones orales o escritas que promuevan la hostilidad por motivos de nacionalidad.

  • Incitación a la violencia: Acciones directas o exhortaciones a terceros para agredir o actuar en contra del pueblo argentino.

  • Agravio a los símbolos patrios: Participación o incentivo en actos de ultraje hacia los emblemas nacionales.

Además, el decreto modifica el artículo 63 del marco normativo vigente, determinando que la pérdida de residencia podrá dar lugar a una intimación para abandonar el país en un plazo fijado o a una orden de expulsión directa, evaluando la gravedad de cada situación.

Alcance del DNU y causales de aplicación.

Situación Tratamiento según la norma
Incitación al odio y violencia Inadmisión en frontera o cancelación de residencia.
Ultraje a símbolos patrios Proceso de expulsión directa o intimación de salida.
Crítica política y académica Protegida. Excluida de cualquier sanción migratoria.
Disenso ideológico Protegido. Amparado por las garantías constitucionales.

Límites a la aplicación y debate sobre la libertad de expresión.

En los fundamentos de la medida, la Casa Rosada sostuvo que la defensa de la República y sus símbolos es un principio indiscutible frente al incremento reciente de expresiones de hostilidad. No obstante, para evitar arbitrariedades, el propio texto fija un marco explícito de protección de derechos:

“Las expresiones de disenso ideológico, las críticas políticas, académicas o ciudadanas y cualquier manifestación amparada por la Constitución no podrán considerarse causales para impedir el ingreso o expulsar a un extranjero.”

Como fundamento jurídico internacional, la resolución apela a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual faculta a los Estados a establecer restricciones frente a la apología del odio que incite a la violencia. La Dirección Nacional de Migraciones evaluará cada caso de forma individual basándose en las pruebas recabadas.

Redacción: Nova Comunicaciones.

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