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Botón de arrepentimiento: el nuevo cambio del Gobierno para las compras online que afecta a miles de argentinos

En la Disposición 954/2025, el Gobierno exige incorporar el botón de arrepentimiento y de baja a los sitios web de empresas. Cómo funcionará.

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial la Disposición 954/2025, que exige a todas las empresas web incluir dos links visibles desde la página principal: un “botón de arrepentimiento” para cancelar compras sin trámites, y un “botón de baja de servicio” para rescindir contratos con un clic.

El texto, escrito por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, dependiente del Ministerio de Economía, establece que los consumidores no deberán registrarse ni atravesar trámites adicionales.

Detalles clave de la nueva normativa del Gobierno.

  • Botón de arrepentimiento: permite revocar una compra online dentro de los 10 días corridos desde la entrega o contratación, sin registros adicionales. Algunas excepciones aplican para espectáculos o turismo.
  • Botón de baja de servicio: empresas deberán publicarlo en pantalla principal para facilitar la baja inmediata de suscripciones o contratos, sin trámites adicionales.
  • En ambos casos, el proveedor tiene 24 horas para enviar un número de gestión y avanzar con la cancelación o baja por el mismo medio.
  • Además, las empresas deben garantizar al menos 8 horas diarias de atención al consumidor, durante días hábiles, y publicar canales alternativos de contacto.
  • Excepciones: no aplica a productos perecederos, bienes ya consumidos, adquisiciones para reventa o integración productiva, ni a los casos previstos en el artículo 1116 del Código Civil y Comercial.
  • Plazo de adecuación: los proveedores tendrán 60 días corridos para adaptar sus plataformas digitales desde su publicación en el Boletín Oficial.

Qué es el botón de arrepentimiento y cómo funciona.

Es un link directo para revocar una compra online dentro de los 10 días sin registrarse ni presentar documentos.

¿Se aplica también a servicios digitales como streaming o suscripciones?

Sí. El “botón de baja” ya rige para telefonía, internet, medicina prepaga, prensa, gimnasios, viajes y más.

¿Qué pasa si la empresa incumple?

Con la nueva reglamentación, si la empresa incumple podrárecibir sanciones conforme a la Ley 24.240, con multas de hasta 5 millones de pesos.

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