Diario Nova

Las mentiras tienen patas cortas

martina tapa

MENTIRAS, EN DERECHO.

En el día de ayer, la Dr. Cedres, brindó una entrevista radial, y nos llamó la atención los erróneos conceptos jurídicos que brindó. En más resulta alarmante, que una abogada, Fiscal, declare falsedades en cuestiones de derecho.

Sostuvo la fiscal que Citó a un testigo que se encontraba cumpliendo una pena, como era común hacerlo, y que el testigo podía “negarse a declarar o abstenerse”, cuestión que es una absoluta mentira o falsedad arrojada por alguien que debería conocer el derecho. Declarar en una causa, es una obligación, una carga pública, no puede ser facultativo sino que es obligación, de hecho sucede en algunas oportunidades que los testigos “son buscados por el patrullero para que vayan a declarar”.

En segundo lugar, la denuncia que se presentó en la Justicia, sostiene que “el condenado fue citado en diversos horarios y llevado a la Fiscalía en al menos siete oportunidades”, y “que allí la propia Fiscal Cedres lo presionó para que llame a la investigada” (desde el teléfono personal de la Fiscal). Desconocemos en que otra causa se cita en al menos siete oportunidades a un supuesto testigos, en diferentes horarios y sin dejar “rastros de la citación”.

La fiscal Cedres no dejó asentado las entrevistas que tuvo con el supuesto “testigo” (acta de declaración, las cuales si fue siete veces, tendrían que ser siete actas), jamás tampoco pidió al Juez de Ejecución por la vía pertinente, que necesitaba tomarle declaración a aquella persona, única persona que podía haber habilitado que el condenado pudiera salir de su encierro en la UP 9. Pero resulta ilegal, arbitrario que la propia fiscal Cedres le dé su teléfono personal al “condenado” para que llame a la imputada para “hacer pisar el palito”, es decir le estaba intentando coaccionarla para declarar en su contra. Resulta extraño que se cite a declarar a alguien en una causa teniendo en manos escuchas telefónicas que nada tenían que ver en la investigación. ¿Para qué se las mostraba al supuesto testigo?. ¿El condenado, no tendría que haber estado en presencia de un abogado defensor?.

Inclusive el Juez de garantías no solo tuvo en cuenta estas cuestiones para apartar a la Fiscal Cedres, sino que existieron otros elementos: la fiscal Cedres, citó a toda la familia directa de la imputada cuando estas personas por lazo familiar no pueden declarar, y hay que afirmarle expresamente que pueden abstenerse por ese lazo sanguíneo, y la fiscal en ningún momento los advirtió.

A su vez, tomamos conocimiento por fuentes judiciales que existe un gran malestar en algunos Jueces de Ejecución Penal de la Provincia, debido a que el accionar de la Fiscal Cedres no sería la primera oportunidad, inclusive un Juez de Ejecución de Concordia, habría tomado conocimiento de que un Condenado alojado en la UP 9 y que está a su cargo, habría sido requerido por la Fiscal Cedres para otra investigación, pasando por alto las comunicaciones pertinentes. Es bueno que se conozca, que la única persona que puede permitir el retiro de una unidad penal a un condenado es ni más ni menos que el Juez de Ejecución, quien justamente se encuentra a cargo de condenados.