Strong claims of retirees and pensioners of the PER by code 140.
Según lo publicado en la página oficial de Apropoler Sur retirados y pensionados de la Policía de entre Ríos continúan con los reclamos por el código 140.
“COMUNICADO: Ante la toma de conocimiento de este reclamo por parte de los camaradas retirados y pensionados de la PER, estaremos desinteresadamente acompañando el mismo. A nuestros seguidores , la Lucha por nuestros derechos es de todo , a lo que instamos a participar del mismo y acompañar a los valientes que están en la misma. Gracias Abrazo Azul Familias .
Texto : Dignidad Policial .
Entre Ríos
«UN ÍNFIMO GRUPO DEL 8% DE TODOS LOS RETIRADOS y PENSIONADOS DE POLICIA DE ENTRE RÍOS COBRAN “EL CÓDIGO 140”.. LOS DEMÁS SON DISCRIMINADOS POR EL GOBIERNO PROVINCIAL »
**mediante una presentación oficial se da a conocer que el 92% del sector queda excluído arbitrariamente por el Gobierno entrerriano**
El universo de los retirados y pensionados policiales constituyen a la actualidad un número aproximado a las 6.750 o 6.800 personas.
De ese universo de retirados y pensionados, y desde el año 2011 en adelante, solamente el 8% se encuentra cobrando el código 140, quedando el 92% afuera, o excluido del mismo. Pasando esto a números planos, se puede decir que de los 6.750 0 6.800 retirados y pensionados del universo, solamente unos 530 a 550 aproximadamente están percibiendo dicho código.
«CÓDIGO 140 “RIESGO y PELIGROSIDAD»
**¿Cómo arranca? **
Arranca como una equivalencia al código 181, otorgado al personal de seguridad en actividad, y para el cual se toma un proporcional determinado del básico de un Comisario General. ¿Qué monto sería el código 140? Una suma plana hasta 6.900 aproximadamente que sería agregado en bolsillos desde agentes hasta oficiales superiores en situaciones particulares.
**Características del Código 140: **
1. Ser Remunerativo (su no pago estaría vulnerando la legalidad del 82 por ciento previsto en la constitución provincial para la liquidación de los haberes previsionales)
2. Su no percepción afecta en sueldo de bolsillo del pasivo de la manera descripta a punto anterior.
3. Desde el año 2003 ya se vienen haciendo los aportes del Ley para el código 181 (funcionarios en actividad)
4. Su pago a algunos y a otros no, constituye un claro acto de discriminación y de achicamiento del 82 por ciento que ordena abonar la ley.
5. Por todo lo expuesto corresponde su universalización.
**¿Cuál sería su obstáculo? ¿Por qué no lo perciben determinados retirados?**
El artículo 256 de la ley 5654 donde dice que a la hora de su retiro, para su percepción como pasivo, se tomará los importes o percepciones que el funcionario, cualquiera sea su jerarquía, posea en los últimos doce meses trabajados. Es decir, si el funcionario tuviere licencias atrasadas y las utilizara, licencias por enfermedad o accidentes, etc, a través de resolutivos internos se proceden a quitarles diversos códigos que venía percibiendo con su presencia en el sitio de labor, entre ellos el 181, al cual, se repite, ya se le está haciendo sus aportes de ley pertinentes, repercutiendo directamente en el 140 del retirado, a pesar y arbitrariamente de que es un código remunerativo, por cuanto al no aparecer en su último año de activo, no se lo cargan como retirado, a pesar de ser, como se dijo, remunerativo y que quizás ya venía percibiendo en actividad el 181 hace más de un año (derecho adquirido). Leer atentamente los contenidos expuestos como fundamentos en la notas de reclamo, porque esos son básicos y se complementan necesariamente con las características del código 140.