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El Banco Central autorizó el pago de salarios en dólares a través de cuentas sueldo

El Banco Central autorizó el pago de salarios en dólares a través de cuentas sueldo

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó este viernes la medida que habilita a empresas y trabajadores a acordar el cobro de haberes en moneda estadounidense. La disposición fue reglamentada mediante la Comunicación A 8460, la cual modifica la normativa del sistema financiero para adecuarla a los lineamientos de la Ley de Modernización Laboral.

A partir de esta actualización, las tradicionales cuentas sueldo podrán estar denominadas tanto en pesos como en dólares estadounidenses. Sin embargo, la autoridad monetaria precisó que la implementación no será automática, sino que requerirá de un pacto formal previo entre el empleador y el empleado.

Cómo funcionará la operatoria para los trabajadores.

La nueva regulación del BCRA establece pautas precisas para la gestión de los fondos en las entidades bancarias:

  • Gratuidad del servicio: Las cuentas sueldo en dólares no tendrán ningún costo de mantenimiento ni comisiones para el trabajador, siempre que los fondos ingresados correspondan a la acreditación de la remuneración. Las sumas operadas por fuera de ese concepto sí podrán quedar sujetas a los cargos que fije cada banco.
  • Sin plazo límite para los depósitos: Los salarios acreditados en moneda extranjera podrán permanecer en la cuenta indefinidamente sin obligación de retiro inmediato.
  • Retiro de efectivo: Las entidades bancarias deberán garantizar los depósitos y la extracción de dólares por ventanilla, al menos, en la sucursal de origen donde se abrió la cuenta. Según la disponibilidad de billetes de cada banco, el servicio podrá extenderse a otras filiales, terminales de autoservicio o cajeros automáticos habilitados.

Implementación y expectativas del mercado.

Aunque la normativa ya entró en vigencia, analistas y especialistas del sector financiero coinciden en que la adopción de esta modalidad será progresiva.

Las compañías deberán adecuar sus esquemas administrativos y de liquidación para operar formalmente en moneda extranjera. Asimismo, la velocidad de su despliegue dependerá de la disponibilidad de divisas en la infraestructura bancaria y de la dinámica del mercado cambiario en la operatoria cotidiana.

Redacción: Nova Comunicaciones.

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