Una madre que suplicó ayuda frente a las cámaras, un sistema judicial y de salud que miró hacia otro lado, y un trágico desenlace que culminó con un joven muerto y un policía presuntamente mal condenado. El caso de Iván Pérez (23) en Gualeguaychú es la radiografía exacta de un Estado que falla en todas sus etapas: desde la prevención y la contención, hasta la impartición de justicia.
Nuestro equipo periodístico viene advirtiendo con firmeza sobre el avance de los búnkeres y las mafias narco que se enriquecen a costa de la vida de miles de jóvenes. A pesar de las burlas y de quienes intentaron tildarnos de “amarillistas”, los hechos, lamentablemente, nos han dado la razón. Cada informe emitido fue contundente y veraz. Nada de esto alcanzó para evitar la tragedia.
El grito en el desierto de una madre.
“Pido ayuda para mi hijo adicto, temo que lo maten”, fueron las palabras exactas de Rosa Castro a nuestro medio. Iván había comenzado su oscuro camino en las drogas a los 12 años. A los 23, la situación era insostenible.
Desesperado por financiar su consumo, el joven había comenzado a desvalijar su propia casa en el Barrio Molinari y a delinquir en el vecindario. Llegó a estar internado en la Sala 6 del Hospital Centenario, atado a una cama, sufriendo los violentos embates físicos y mentales del síndrome de abstinencia. Días antes de su final, había sido perseguido a tiros por vecinos tras un intento de robo. Rosa lo advirtió: su hijo era una bomba de tiempo que el Estado se negaba a desactivar.
La omisión del Estado y la Ley de Salud Mental.
Desde la perspectiva del Derecho, existe aquí una clara omisión de garante por parte de las instituciones del Estado. Frente al riesgo inminente para sí mismo y para terceros, los juzgados de familia y los efectores de salud pública contaban con herramientas legales (como la internación involuntaria prevista en la Ley Nacional de Salud Mental 26.657) para resguardar la vida de Iván. La inacción institucional dejó a la familia en un estado de indefensión absoluta y empujó la situación hacia un desenlace fatal.
La tragedia y el “Caso Fortuito”.
El final que Rosa tanto temía llegó de la mano de una intervención policial que terminaría en los estrados judiciales. En medio de un procedimiento, Iván Pérez perdió la vida por un disparo proveniente del arma del entonces sargento de policía Mauricio Gómez.
Sin embargo, la mecánica del hecho es el punto de quiebre de este caso. Según lo demostrado por el abogado defensor Alfredo Vítale y su equipo de peritos, la bala que salió de la pistola de Gómez impactó primero en una piedra y rebotó, incrustándose trágicamente en la cabeza del joven.
La ausencia de dolo.
En el derecho penal, para que exista una condena por homicidio agravado (como suele aplicarse a las fuerzas de seguridad), debe probarse el dolo; es decir, la intención y la voluntad de matar.
Si la prueba balística demuestra que el proyectil rebotó, la figura legal muta drásticamente. Un rebote evidencia que el disparo no fue dirigido al cuerpo de la víctima. Jurídicamente, esto se encuadra como un caso fortuito (un evento imprevisible e inevitable que ocurre al azar) o, en su defecto, podría discutirse un accionar culposo (imprudencia), pero jamás un homicidio doloso. Condenar por homicidio intencional a quien disparó al suelo o al aire y cuya bala rebotó, rompe con los principios básicos de la imputación objetiva.
Juicio por Jurados: De la duda razonable a la manipulación.
El proceso judicial contra Mauricio Gómez estuvo plagado de controversias que ponen en tela de juicio la solidez del sistema.
El Primer Juicio (Estancado): En la primera instancia, las evidencias del rebote y las contradicciones de testigos (que quedaron expuestos mintiendo bajo juramento) llevaron a un resultado de 11 votos por la no culpabilidad contra 1. Al no haber unanimidad, el jurado se declaró “estancado”. La abrumadora mayoría de los ciudadanos que evaluó la prueba entendió que fue un accidente trágico, no un asesinato.
El Segundo Juicio (La Condena): Tras repetirse el proceso, un nuevo jurado falló en contra de Gómez. Las denuncias sobre posibles manipulaciones e influencias sobre los nuevos integrantes del jurado tiñeron de sospecha la resolución.
La crisis del sistema acusatorio.
El caso de Gómez sienta un precedente peligroso. Condenar a una persona descartando evidencia científica (la pericia del rebote) basándose en presiones externas o relatos inconsistentes, desvirtúa el espíritu del Juicio por Jurados. La duda razonable, pilar de nuestro derecho penal (in dubio pro reo), fue claramente ignorada en el segundo debate, resultando en lo que técnicamente se perfila como una condena errada.
Conclusión.
El Estado que hoy encierra a Mauricio Gómez por un disparo fortuito, es el mismo Estado que estuvo sordo y ciego cuando Rosa Castro suplicaba de rodillas que internaran a su hijo.
Iván Pérez es víctima de las drogas y de la desidia institucional. Mauricio Gómez, según el análisis de las pruebas científicas presentadas por su defensa, parece ser la víctima propiciatoria de un sistema judicial que, ante su propia incapacidad de prevenir el delito y tratar las adicciones, necesita fabricar culpables rápidos para limpiar sus culpas. Hoy, una madre llora a su hijo en el cementerio y un hombre inocente paga con su libertad la hipocresía de un sistema roto.
Redacción: Nova Comunicaciones.


