Los titulares alcanzados deberán presentar la documentación correspondiente para que sus casos sean evaluados. Las autoridades informaron que dispondrán de un plazo de 60 días corridos a partir de la notificación para iniciar el trámite de rehabilitación o realizar los reclamos.
En una medida oficial dispuesta este miércoles por la madrugada, el Gobierno dejó sin efecto la Resolución N° 13.901/2025 emitida por la ex Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), restitución que había devuelto el cobro a beneficiarios cuyas prestaciones habían sido dadas de baja por irregularidades durante una auditoría previa.
A través de la publicación de la Resolución N° 3695/2026, firmada por el secretario de Discapacidad, Diego Masaragian, la cartera oficial dispuso nuevamente la suspensión de los pagos para más de 20 mil titulares. Las autoridades aclararon que la medida no implica una quita definitiva automática, sino la apertura de una instancia de revisión individual en la que cada expediente volverá a ser auditado de manera exhaustiva.
Conflicto judicial y marco normativo.
La decisión del Poder Ejecutivo llega tras un extenso derrotero judicial iniciado en Catamarca. En septiembre de 2025, el Juzgado Federal N° 2 de esa provincia había dictado una medida cautelar ordenando la restitución de las pensiones en la jurisdicción local, fallo que posteriormente se extendió a todo el territorio nacional.
No obstante, tras la apelación presentada por la administración central, la Cámara Federal de Tucumán revocó la sentencia de primera instancia en febrero de 2026. Esta resolución judicial habilitó a la Secretaría Nacional de Discapacidad a retomar las auditorías y establecer que la reanudación de las prestaciones no contributivas reguladas por la Ley N° 13.478 y el Decreto N° 432/97 requerirá de la validación técnica correspondiente.
Requisitos y vías para iniciar el trámite de rehabilitación.
Para recuperar el beneficio, las personas notificadas individualmente deberán acreditar supervivencia y la vigencia de las condiciones que dieron origen a la prestación (invalidez laboral, imposibilidad de trabajar y falta de recursos o cobertura previsional).
El plazo fijado es de 60 días corridos contados a partir del momento de la notificación personal. Durante este lapso, los interesados podrán adjuntar certificados médicos actualizados y sumar la documentación de respaldo que crean conveniente.
Canales habilitados para la entrega de documentación:
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Oficinas de ANSES: Presentación presencial en las Unidades de Atención Integral habilitadas.
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Secretaría Nacional de Discapacidad: En las dependencias autorizadas para la recepción de expedientes.
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Plataforma Trámites a Distancia (TAD): A través del trámite específico “Presentación de Documentación para Pensión Invalidez”.
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Formulario digital: Disponible en la sección de consultas del portal del Ministerio de Salud (argentina.gob.ar/salud).
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Correo electrónico: Mediante el envío directo de la documentación a [email protected].
Además del proceso administrativo de rehabilitación, los titulares alcanzados disponen de las herramientas legales para interponer los recursos previstos en el Reglamento de Procedimientos Administrativos, los cuales cuentan con plazos de entre 20 y 30 días según la vía que elijan ejercitar. De acuerdo con el organismo oficial, la entrega de papeles da inicio formal a la reevaluación, pero el restablecimiento definitivo dependerá de la aprobación de las áreas técnicas.
Redacción: Nova Comunicaciones.


