Diario Nova

El Gobierno habilitó una nueva empresa para brindar servicios de rampa en los aeropuertos

El Gobierno habilitó una nueva empresa para brindar servicios de rampa en los aeropuertos

La autorización a CrossRacer Ramp SA busca ampliar la competencia en los aeropuertos, eliminar exclusividades y garantizar igualdad de condiciones en la prestación de los servicios de rampa.

El Gobierno autorizó a una empresa a prestar servicios aeroportuarios, operativos y de rampa en los aeropuertos del país.

El Gobierno autorizó a una empresa para brindar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa.

El Gobierno avanzó en la desregulación del sector aerocomercial al autorizar a la empresa CrossRacer Ramp Sociedad Anónima a prestar servicios aeroportuarios, operacionales y de rampa en las terminales aéreas de todo el país.

La medida fue oficializada a través de la disposición 45/2025, publicada en el Boletín Oficial, y se enmarca en la política del Ejecutivo de ampliar la competencia y sumar nuevos actores al sistema aeroportuario.

La autorización fue otorgada por la Subsecretaría de Transporte Aéreo, luego de verificar que la firma cumplió con los requisitos establecidos en el Código Aeronáutico y su normativa reglamentaria.

Según lo dispuesto, CrossRacer Ramp podrá brindar asistencia integral a aeronaves, pasajeros y tripulaciones en operaciones de llegada y salida, dentro de los aeropuertos que integran el Sistema Nacional de Aeropuertos. El procedimiento también contó con el aval del servicio jurídico permanente, en cumplimiento de las exigencias legales vigentes.

Cuáles son las nuevas reglas para los servicios de rampa y uso de infraestructura.

La habilitación se da en el marco de una nueva reglamentación que eliminó la exclusividad que tenían los operadores aeroportuarios sobre el uso de mangas y pasarelas.

Este cambio se consolidó tras la decisión del ORSNA de derogar la resolución 51/2025, lo que estableció principios de libre competencia, transparencia, no discriminación e igualdad de condiciones.

La normativa prohíbe que los operadores restrinjan el acceso a los aeropuertos o limiten las tareas de los Prestadores de Servicio de Rampa, salvo por razones excepcionales de espacio físico, debidamente reguladas. Además, fija que los precios por el uso de infraestructura deberán ser uniformes y sin beneficios preferenciales.

También se establece que ningún conflicto comercial podrá interrumpir la prestación del servicio. Ante disputas o demoras, las partes deberán recurrir primero al ORSNA. Finalmente, se exige que cada prestador cuente con un contrato escrito con el operador aeroportuario para utilizar los espacios dentro del sistema.

Relacionadas

Inauguraron la Planta II de Sal de Oro: impulsan una producción de 100.000 toneladas de litio en el Salar del Hombre Muerto

Nova

El Gobierno creó un Comando Unificado para coordinar el traslado de los reclusos de Devoto a Marcos Paz

Nova

El Gobierno adjudicó la Etapa III de la Red Federal de Concesiones y privatiza la gestión de más de 9.000 km de rutas

Nova
Secret Link