El Gobierno nacional oficializó un incremento escalonado del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) tras la falta de acuerdo en el Consejo del Salario. A través de la Resolución 9/2025, publicada en el Boletín Oficial, estableció subas mensuales desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026 y modificó el cálculo de la prestación por desempleo.
El esquema incluye diez aumentos consecutivos del SMVM. El primero fija, desde noviembre de 2025, un salario mínimo de $328.400 para trabajadores mensualizados de jornada completa, y un valor horario inicial de $1642. Aplicará para empleados bajo la Ley de Contrato de Trabajo, el régimen agrario, la administración pública nacional y organismos estatales que actúan como empleadores.
Además, contempla montos proporcionales para jornadas reducidas o modalidades especiales.
Escala confirmada de aumentos mensuales del SMVM:
- Noviembre 2025: $328.400
- Diciembre 2025: $334.800
- Enero 2026: $341.000
- Febrero 2026: $346.800
- Marzo 2026: $352.400
- Abril 2026: $357.800
- Mayo 2026: $363.000
- Junio 2026: $367.800
- Julio 2026: $372.400
- Agosto 2026: $376.600
Escala de incrementos del valor hora:
- Noviembre: $1642
- Diciembre: $1674
- Enero: $1705
- Febrero: $1734
- Marzo: $1762
- Abril: $1789
- Mayo: $1815
- Junio: $1839
- Julio: $1862
- Agosto: $1883
Estos datos surgen directamente de la resolución oficial y respetan de manera estricta la información brindada.
Actualización de la prestación por desempleo.
La Resolución 9/2025 también introduce cambios en la prestación por desempleo, que ahora se calculará sobre la base del 75% del salario mensual neto más alto que el trabajador haya recibido en los últimos seis meses de actividad.
El beneficio tendrá un monto mínimo equivalente al 50% del SMVM vigente y un tope del 100%, manteniendo su actualización automática con cada aumento del salario mínimo.
Puntos clave del nuevo esquema:
- La resolución ya está en vigencia automática.
- La Secretaría de Trabajo debe registrar y comunicar formalmente la medida.
- Los empleadores alcanzados por la Ley de Contrato de Trabajo y regímenes especiales deberán aplicar los valores sin excepciones.
El Gobierno cerró así un proceso de fuerte tensión entre las partes y estableció un camino de incrementos garantizados hasta agosto de 2026.


