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Arrancó la veda electoral: cuánto dura, qué se puede hacer y qué no

Arrancó la veda electoral: cuánto dura, qué se puede hacer y qué no

The electoral ban has started: how long it lasts, what can be done and what not.

La veda electoral por las elecciones generales 2021 comenzó el viernes 12 de noviembre a las 8 de la mañana y terminará tres horas después del fin de la votación, el domingo 14 a las 21hs.

Durante ese tiempo los candidatos no podrán realizar actos de campaña o proselitistas pero también hay otra serie de restricciones, como no permitir la venta de bebidas alcohólicas.

Cuándo empieza la veda electoral y cuánto dura

En estas elecciones la veda electoral regirá en el país desde las 8 del viernes 12 y alcanzará a la población general hasta las 21 horas del domingo 14 de noviembre.

Según establece el Código Nacional Electoral, la veda comienza a regir 48 horas antes de la apertura de los centros electorales. Y termina tres horas después de cerrados los comicios.

La veda prohíbe todo tipo de declaraciones de propaganda política por parte de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, y la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

Qué está prohibido durante la veda electoral

  • Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.

  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

  • Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.

  • La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado -y no desde las 8am del viernes- hasta las 21 del domingo).

  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.

  • Prohibición de portar armas.

  • Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

Qué pasa si no se cumple con la veda electoral

Las personas que no respeten la veda electoral podrán denunciadas y sancionadas si se comprueba que efectivamente violaron el Código Electoral. Un ejemplo: si un negocio vende bebidas alcohólicas durante el período en el que no pueden hacerlo, el comerciante podría recibir una pena de entre 15 días y seis meses.

Esa norma también reprime, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por la autoridad electoral.

Las penas para los que intenten que alguien vote de cierta forma o se abstenga de hacerlo son más graves: de 2 meses a 2 años de cárcel. Intentan violar el secreto del sufragio tiene una pena de 3 años.

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