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ANSES confirmó cobro extra en agosto para jubilados y pensionados

ANSES confirmó cobro extra en agosto para jubilados y pensionados

ANSES confirmed extra charge in August for retirees and pensioners.

La Administración Nacional de Seguridad Social confirmó el calendario de pagos para el extra de jubilados y pensionados.

La ANSES, dirigida por Fernanda Raverta, ya había comenzado a depositar un aumento en junio y en julio como refuerzo y ahora confirmó un nuevo extra de $20.000 para el mes de agosto.

Por otro lado, el organismo comenzó a cumplir con el calendario de pagos y está depositando un extra desde el pasado lunes 10 para aquellas personas que tengan la Tarjeta Alimentar por parte de la Asignación Universal por Hijo y de Embarazo, junto con el medio aguinaldo para quienes son beneficiarios de Potenciar Trabajo.

Anses: de cuánto es el cobro extra para jubilados y pensionados en agosto.

El plus para el mes de agosto será de $20.000 y está dirigido a jubilados y pensionados que perciban un haber mínimo equivalente a $70.938. ANSES depositará un bono variable que decrecerá hasta los $5.000 para quienes reciban más de un haber mínimo.

Requisitos para el cobro extra en agosto.

  • Ser titular de una jubilación, pensión, PNC o PUAM.

  • Cobrar un haber mínimo jubilatorio, equivalente a $70.938.

  • El bono en agosto será de $20.000 para aquellos que perciban una jubilación mínima, lo cual eleva el monto total a $90.938.

Calendario de pagos para jubilados y pensionados en agosto.

Pensiones no contributivas

  •  DNI terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de agosto de 2023.

Jubilados y pensionados con un haber mínimo.

  •  DNI terminados en 0, a partir del día 8 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 1, a partir del día 9 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 2, a partir del día 10 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 3, a partir del día 11 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 4, a partir del día 14 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 5, a partir del día 15 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 6, a partir del día 16 de agosto de 6023.

  • DNI terminados en 7, a partir del día 17 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 8, a partir del día 18 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 9, a partir del día 22 de agosto de 2023.

Jubilados que perciben más de un haber mínimo.

  •  DNI terminados en 0 y 1, a partir del día 23 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 2 y 3, a partir del día 24 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 4 y 5, a partir del día 25 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 6 y 7, a partir del día 28 de agosto de 2023.

  • DNI terminados en 8 y 9, a partir del día 29 de agosto de 2023.

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