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ANMAT prohibió la elaboración y venta de unas galletitas

ANMAT prohibió la elaboración y venta de unas galletitas

ANMAT prohibited the production and sale of cookies.

Luego de una investigación, la ANMAT informó la prohibición de venta del producto denunciado.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó a través de la Disposición 9250/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial de prohibir la comercialización de unas galletitas.

Todo se inició por una denuncia del producto “Galletas Marineras Multicereal”, marca: Los Dos Chinos, RNPA 21-116581, Elaborado por Alimenticia Sauce Viejo, Parque Industrial Sauce Viejo, Lote 182, Sauce Viejo, Santa Fe – RNE 21-112970, “que no cumpliría la normativa vigente, por presentar un elemento extraño, compatible con un hilo en su interior”.

La empresa que la fabricaba “no estaba habilitada para elaborar ningún producto” y también se informó que “todos sus RNPA, incluido el RNPA 21-116581 estaban dados de baja”.

“Que del mismo modo, la ASSAl indicó que el domicilio Parque Industrial Sauce viejo, Lote N° 182 funcionaba el RNE N° 21-115007, elaborador de productos farináceos, que en fecha 29/3/21 había solicitado la reutilización de las bobinas con marca “Los dos chinos” y que dicha solicitud fue rechazada por la ASSAl por registros inexistentes; asimismo, expresó que el RNE 21-115007 no tenía registrado el producto alimenticio con denominación de venta “Galletas Marineras Multicereal, Marca: Los Dos Chinos”.

En consecuencia, la ANMAT dispuso: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: Galletas Marineras Multicereal, marca: Los Dos Chinos, RNPA 21-116581, Elaborado por Alimenticia Sauce Viejo, Parque Industrial Sauce Viejo, Lote 182, Sauce Viejo, Santa Fe – RNE 21-112970, por carecer de registros sanitarios al consignar registros dados de baja, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.

Y en el artículo 2° agrega: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de todos los productos que consignen en su rótulo el RNE 21-112970, con fecha de elaboración posterior al 06/08/20, por ser un registro dado de baja”.

La Disposición completa.

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