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La Corte Suprema declaró inconstitucional que los jubilados paguen Ganancias

La Corte Suprema declaró inconstitucional que los jubilados paguen Ganancias

The Supreme Court declared unconstitutional that retirees pay Profits.

Además, el máximo tribunal de Justicia solicitó al Gobierno una nueva norma que exima a los adultos mayores del tributo.

La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional que los jubilados paguen impuesto a las Ganancias y ordenó no retener ese tributo hasta tanto el Congreso no legisle una exención a favor de los adultos mayores. Actualmente unos 300.000 beneficiarios son alcanzados por ese impuesto.

La decisión fue tomada por cuatro votos contra uno. Mientras que los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco (quien se sumó a último momento) fallaron a favor del reclamo,  el titular del cuerpo, Carlos Rosenkrantz, lo hizo en contra.

El Máximo Tribunal respaldó el fallo de segunda instancia de un juzgado de Paraná que consideró que el hecho de que el fisco alcance a los jubilados con Ganancias configura un caso de “doble imposición”.

Más allá de que la Corte Suprema resolvió la inconstitucionalidad de esa retención, no tendría un efecto inmediato, ya que la decisión afectará puntualmente a María Isabel García, la demandante de este caso. De todas formas, hay unos 2000 expedientes similares en los escritorios del tribunal.

García había llevado a cabo su juicio en 2015 en los Tribunales federales de Concepción del Uruguay. El Juzgado Federal N°2 de esa ciudad declaró que es inconstitucional que el fisco le cobre Ganancias a su jubilación. Dos años después, el 18 de mayo de 2017, la Cámara Federal de la capital entrerriana rechazó la apelación de la AFIP, que recurrió así a la Corte Suprema.

Según el fallo de segunda instancia, los jueces, Daniel Edgardo Alonsoy Cintia Graciela Gómez, respaldaron la sentencia del Juzgado Federal 2°que determinó que el organismo tributario deba “cesar en la aplicación del impuesto a las Ganancias sobre el beneficio previsional de la actora” María Isabel García.

Para la justicia entrerriana, la jubilación “no constituye ganancia”, por lo que no correspondería retenerle el impuesto. Por eso, obligó al Estadoa devolver lo retenido más intereses desde el momento en que se inició el litigio.

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