Diario Nova

“Carlos Miño denunció” a la Municipalidad de Pueblo General Belgrano-Nova

Carlos Miño vecino de Pueblo General Belgrano viene manteniendo su lucha para que dejen trabajar a su hijo discapacitado Juan Manuel Miño, la situación no es nada agradable para estos argentinos que quieren trabajar y se niegan al clientelismo político.

 

La denuncia de Miño fue radicada en Comisaría 5º- de la misma localidad. Qué el día jueves ocho del corriente año, en circunstancia que había colocado carteles de libre expresión los cuales se leían Señor Gobernador, Señor Intendente , soy discapacitado déjeme trabajar, hace cinco meses que no me dejan trabajar y Amarras hace ya un mes que está trabajando. Los carteles eran dos estilo pasacalles que estaban colocados en el puesto de trabajo donde hace más de 12 años que venden productos.

 

 

Los carteles fueron inmediatamente retirados al ausentarse Miño por la misma municipalidad de Pueblo Belgrano llevándose con ellos una soga de 40 metros, hace hincapié en la denuncia sobre la afectación de su estado, expresó que se siente  perseguido agredido por la gestión de Davico.

 

Lo concreto del asunto es que Carlos Miño reclamó en varias oportunidades la soga de 40 metros de su propiedad y hasta el momento no se la han devuelto.

 

También existen en la denuncia penal otros datos que fueron aportados por el mismo denunciante que reservamos para que la justicia pueda investigar.

 

Por otra parte la justicia local tendría que tener en cuenta este caso especial ya que se trata de un chico discapacitado, como DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD CON JERARQUÍA CONSTITUCIONAL.

 

La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que promueve, protege y asegura el goce pleno de todos los derechos humanos y libertades, acaba de adquirir rango constitucional.

 

 

El Boletín Oficial publicó el 22 de diciembre del 2014 la ley 27044 que otorga jerarquía constitucional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), promulgada en 2006 y ratificada por el Estado argentino en 2008 y convertida en ley 26.378.

De este modo, el documento que se propone “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con discapacidad, y promover su dignidad inherente”; acuña la expresión ”persona con discapacidad” anteponiendo la calidad de persona a cualquier circunstancia y llama la atención sobre las barreras físicas y actitudinales que determinan las limitaciones, se convierte en norma supralegal.

En su articulado, la convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad desarrolla conceptos como igualdad y no discriminación, toma de conciencia, accesibilidad, derecho a la vida, acceso a la justicia, libertad y seguridad, protección contra todo trato cruel, abuso o explotación, derecho a la salud, a la educación y al trabajo, respeto a la privacidad, libertad de expresión y plena participación en la vida social y comunitaria, entre otros.

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