Diario Nova

Barrio fluvial Amarras: la aplanadora de la ley y hechos consumados que violentan la paz social-Nova

AMARRAS DESDE ARRIBA

El desarrollo inmobiliario que impulsa la empresa Altos de Unzué para el barrio fluvial Amarras sobre el río Gualeguaychú, representa en la actualidad uno de los conflictos ambientales más emblemáticos de Entre Ríos.

El 23 de diciembre de 2015 (casi dos años) el juez Civil y Comercial Nº 3, Leonardo Portela, fue categórico en su fallo al dictaminar:
1) Hacer lugar a la acción colectiva de amparo ambiental promovida por Julio Majul, ordenando el cese de las obras que la firma “Altos de Unzué SA” lleva adelante en el inmueble de su propiedad y que se denomina proyecto “Amarras del Gualeguaychú”; condenando solidariamente a la firma “Altos de Unzué SA”, a la Municipalidad de Pueblo General Belgrano y al Superior Gobierno de la provincia de Entre Ríos a recomponer el daño ambiental producido en el término de noventa días, con costas, bajo apercibimiento de transformar dicha obligación en una indemnizatoria; y designar a la Dirección de Ambiente de la ciudad de Gualeguaychú para controlar dicha tarea, autorizándola a denunciar su incumplimiento.
2) Además declaró la inconstitucionalidad del Artículo 11° del Decreto N° 7547/99 y, en consecuencia, la nulidad de la Resolución N° 340 de la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos dictada en su momento por su titular Fernando Raffo el 29 de julio de 2015.
3) Estableció, con carácter de mandato preventivo, la obligación de las partes y tercero citado, de informar a este expediente en el término de tres días cualquier novedad que surja respecto del proyecto denominado “Amarras del Gualeguaychú”.
4) Ordenó también con carácter de mandato preventivo, el libramiento de oficio al Honorable Senado provincial, para que evalúe la posibilidad de darle tratamiento al proyecto de fiscalías ambientales a partir de este precedente (otra deuda que se tiene con la sociedad).
Este extenso fallo fue recurrido y se encuentra en la actualidad ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En efecto, el miércoles 8 de marzo ingresó a la Corte todo el expediente, remitido por el Superior Tribunal de Justicia.
En ese entonces, al iniciar el proceso judicial, Majul se mostró optimista en que “la Corte va a hacer lo que el Superior no quiso, o sea impedir que el dinero sea más importante que el bienestar de la gente” y se mostró optimista de que la Corte Suprema falle en contra de las trabas impuestas por el STJ al freno de la construcción de Amarras, que inundará los barrios más pobres de la ciudad ribereña, fomentará la segregación social y destruirá el ecosistema de la zona.
Por otro lado, existe un recurso jerárquico interpuesto por la Municipalidad de Gualeguaychú de paralizar las obras de Amarras, que luego de casi un año no tuvo ninguna injerencia por parte de la provincia y recién esta semana se conoció que la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, remitió a la Municipalidad de Pueblo General Belgrano una carta documento en la que le vuelve a ordenar que cesen las obras en el predio Amarras.
De esta forma, el conflicto que alimentan el Barrio Amarras y la Municipalidad de Pueblo General Belgrano permite reflejar que la iniciativa ha sido una real aplanadora de la Ley en su intento por apropiarse nada menos que de un río, y al apostar a los hechos consumados que en este caso violentan la paz social.
Por eso cobró una vital importancia la última carta documento remitida por la Secretaría de Ambiente, porque confirma la decisión política que es gobernador Gustavo Bordet estampó en el Decreto 258, por el cual dejó sin efecto la Resolución Nº 340/15 y puso así fin al Certificado de Aptitud Ambiental provisorio o condicionado que había extendido en su momento el ex secretario de Ambiente, Fernando Raffo a  dicho decreto, Bordet lo publicó luego de contar con la modelación matemática solicitada a la Universidad Nacional de La Plata, que aportó científicamente la conclusión que la iniciativa generará en la zona un claro impacto negativo desde lo ambiental y lo social.
Más denuncias,
más irregularidades
En la Fiscalía N° 3 a cargo del doctor Martín Gil, se abrió una investigación penal preparatoria a raíz de la denuncia interpuesta por la ciudadana Natacha Crimella y María Esther González, quienes pidieron que se investigue si existe el delito de abuso de autoridad por parte del intendente de Pueblo General Belgrano, Mauricio “Palito” Davico, en el marco del Decreto N° 415/16.
En dicha norma, Davico autorizó a realizar una serie de obras que “no implican movimientos de suelos, y en ningún caso alteración del ambiente, ya que las misma se encuentran alejadas de las obras que motivan el conflicto a resolver en los expedientes administrativos que se encuentran en debate”.
Sin embargo, en una audiencia realizada el 31 de agosto pasado en el despacho del propio fiscal, se constató a través del arquitecto Germán Mateo Vittone, encargado de la obra que lleva adelante la empresa Infrán Norberto contratado por Altos de Unzué, que se realizaron obras de infraestructuras como viales, tendido eléctrico de media y baja tensión, tendido de agua y cloacas, iluminación y forestación. Además, se reconoció que se realizaron obras de mejoramiento de caminos como embrozados, suelo cemento, cordones y adoquinado. Eso no es todo. También el fiscal comprobó que se hicieron obras civiles como una oficina de informes y de acceso al barrio. Como si no bastara, también se constató que además de obras de infraestructura, de mejoramiento de caminos y de servicios, también se realizaron obras de movimientos de suelos, porque se realizaron apertura de calles de la segunda etapa donde la cota supera los seis metros y hasta cota nueve. Y el propio arquitecto Vittone le expresó al fiscal que todas esas obras fueron autorizadas por el intendente Davico.
Por eso la última Carta Documento enviada por Ambiente de la provincia al titular de Altos de Unzué, le recordó que todas las obras están suspendidas, independientemente del decreto y ordenanza de Pueblo General Belgrano. Y en consecuencia lo intimó para que cese el total de las obras en el predio Amarras, bajo apercibimiento de medidas administrativas e incluso judiciales para prevenir cualquier modificación del entorno, al menos hasta tanto quede resuelto el Recurso Jerárquico interpuesto por la Municipalidad de Gualeguaychú.
El desarrollo inmobiliario de Amarras ha sido una aplanadora para aplastar las leyes vigentes tanto locales como provinciales, nacionales y supranacionales; y esta iniciativa es congruente con la teoría de los hechos consumados que no hacen otra cosa que alimentar los mecanismos que violentan la paz social.
Fuente: Diario El Argentino por Nahuel Maciel.