Diario Nova

El Ejecutivo Municipal elevó al HCD el proyecto que regula la utilización de agroquímicos en el ejido de la ciudad-Nova

CONCEJO MUNI

El intendente Piaggio elevó a secretaría del HCD el proyecto que determina la utilización de agroquímicos en Gualeguaychú bajo la supervisión de la dirección de Ambiente.

En línea con el trabajo que se realiza en diferentes áreas del gobierno municipal por el cuidado del ambiente, el intendente Dr. Esteban Martín Piaggio elevó al Concejo Deliberante el proyecto de ordenanza que busca regular la aplicación, utilización y transporte de agroquímicos inscriptos, no inscriptos, autorizados y no autorizados, por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria – SENASA – en las prácticas agropecuarias, en todo el ejido de la ciudad de Gualeguaychú. De la misma manera el proyecto prohíbe la utilización y aplicación de agroquímicos en el ejido de Gualeguaychú, para aquellos casos donde no sea expresamente autorizado por la Dirección de Ambiente Municipal.
Entre sus considerandos el proyecto establece que la Ley General del Ambiente, en su carácter de ley de presupuestos mínimos conforme el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional, establece los principios rectores de la materia, siendo algunos de ellos el principio de prevención, que indica expresamente que las causas y fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los Efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir, y el principio precautorio, conforme el cual, “cuando haya peligro de daño grave e irreversible, la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del ambiente”; y que el artículo 83 de la Constitución Provincial establece “El Estado fija la política ambiental y garantiza la aplicación de los principios de sustentabilidad, precaución, equidad intergeneracional, prevención, utilización racional, progresividad y responsabilidad”.
El proyecto considera que la Salud ambiental comprende aquellos aspectos de la salud humana, incluida la calidad de vida, que son determinados por factores ambientales físicos, químicos, biológicos y psicosociales. En este sentido detalla que muchos de los productos agroquímicos empleados en las actividades agrícolas y ganaderas desarrolladas en el ejido de Gualeguaychú representan un riesgo para la salud humana, por lo que deben extremarse todas las medidas tendientes a minimizarlo, atendiendo los derechos fundamentales que la manda constitucional ordena al Estado garantir, observando estrictamente el principio precautorio que nos rige en la materia.
También se detalla que es voluntad del Estado Municipal “fijar como objetivo de mediano plazo la transición de un modelo productivo de alimentos basado en la aplicación de venenos hacia un modelo productivo agroecológico, que gire en derredor del Ser Humano, su felicidad, salud y dignidad, tendiente a lograr la soberanía alimentaria”, y que para este fin último el municipio desarrollará políticas públicas de estimulación e incentivación  dirigidas a fomentar la transición hacia la producción sin agroquímicos a nivel municipal comenzando, de esta manera, un camino de transición hacia un nuevo modelo que nos permita repoblar el campo y la periferia urbana, valorar los saberes populares y ancestrales, priorizando la naturaleza, la protección del ambiente y los ecosistemas promoviendo el desarrollo local , el ecoturismo, generando fuentes de trabajo en las zonas rurales y periurbanas como  así también en la ciudad misma, defendiendo la soberanía alimentaria y territorial, y la salud de los habitantes de Gualeguaychú.

Aplicación de la ordenanza.

El proyecto determina la forma en que los aplicadores deberán proceder para realizar la utilización de los agroquímicos, y dispone la creación de un registro donde deberán identificarse información sobre la parcela (número de partida inmobiliaria y propietario de la misma), la o las autorizaciones de productos agroquímicos realizadas en la misma con especificaciones de los productos utilizados y sus condiciones de uso. Asimismo se registrarán los productos y parcelas involucrados en situaciones de infracción por uso no autorizado, y todo otro dato de interés del suelo que el propietario, arrendatario o aplicador pueda aportar. Se sancionará a toda persona física o jurídica, privada o pública que incurra en algún incumplimiento de lo normado por la presente con una multa estipulada entre 50 y 1000 UTM.
También la dirección de Ambiente de la Municipalidad implementará cursos de capacitación y actualización sobre agricultura libre de agroquímicos, destinados a quienes usen, manipulen o trabajen con estos productos, siendo responsabilidad de los productores agropecuarios y gerentes de empresas proveedoras la participación, en dichos cursos, del personal bajo su dependencia.